SENTENCIA IMPORTANTE PARA CIUDADANOS NO COMUNITARIOS
Una reciente sentencia del Tribunal Supremo de febrero de 2.018 ha establecido que todos los herederos, residan en el país que residan , tributarán en base a las mismas normas fiscales y sin diferencia de trato por el lugar de residencia . Hasta ahora los herederos no comunitarios tenían un trato fiscal mas gravoso, toda vez que no se le aplicaba los derechos vigentes en las comunidades autónomas que correspondía en función de la residencia del causante, sino se aplicaba la normativa estatal que era sustancialmente mas gravosa.